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Comisiones impagadas tras el despido en California

Anuncio de abogado por Edwin Aiwazian de Lawyers for Justice, PC, con sede en 410 Arden Avenue, Glendale, CA 91203

Enfrentarse a un despido ya es bastante difícil sin el drama de tener que lidiar con comisiones impagadas. Si a esto le añadimos la lucha por unas comisiones que se han ganado y se deben legítimamente, navegar por los trámites legales para cobrarlas puede resultar especialmente complicado.

Conocer tus derechos y el terreno legal es esencial si te enfrentas a tu empleador por comisiones impagadas tras el despido. Este artículo te explicará las leyes de California sobre comisiones impagadas, cómo reclamar lo que te corresponde y los pasos a seguir si tu ex jefe decide jugar duro.

¿Cuándo tiene que pagarme mi empresa las comisiones impagadas tras el despido?

California define los salarios por comisión como "la compensación pagada a cualquier persona por los servicios prestados en la venta de los bienes o servicios de dicho empleador y basada proporcionalmente en la cantidad o valor de los mismos." La ley de California considera las comisiones como salarios legales una vez que te las has "ganado", y una vez ganadas, no se pueden perder a menos que tu contrato de comisiones establezca lo contrario.

Según el Departamento de Relaciones Laborales de California, si has ganado comisiones en la fecha de tu despido o antes, tu empresa debe calcularlas y pagártelas en la fecha de despido si te despiden o renuncias voluntariamente con más de 72 horas de preaviso. Si renuncias sin avisar con 72 horas de antelación, tu empleador debe pagarte las comisiones dentro de las 72 horas siguientes a tu despido.

Su empleador no puede retrasar el pago hasta el momento habitual de cálculo de las comisiones para los empleados actuales o hasta el siguiente día de pago habitual. Si en la fecha de tu despido aún no has devengado la comisión porque ésta está pendiente de una condición legal previa, como el pago del cliente, tu empresa debe abonarte la comisión inmediatamente una vez que se cumpla dicha condición.

¿Cómo reclamo las comisiones impagadas tras un despido?

Según la ley de California, los empresarios deben proporcionar un contrato por escrito para cualquier empleo que implique el pago de comisiones. Este contrato debe indicar cómo calcula su empleador las comisiones y cuándo las paga. Si crees que tu empleador te debe comisiones tras tu despido, el primer paso es revisar a fondo tu acuerdo de comisiones y tu contrato de trabajo.

Anote las condiciones en las que gana comisiones y cuándo se las paga su empresa. Busque cláusulas específicas sobre el pago de comisiones una vez finalizado el empleo y anote cualquier cláusula de caducidad. Algunos acuerdos especifican que los empleados no tienen derecho a comisiones por las ventas realizadas después de su salida, o pueden detallar un pago prorrateado basado en el ciclo de ventas.

Una vez que conozca su acuerdo de comisiones y sus derechos contractuales, a continuación le indicamos otros pasos que debe dar para asegurarse el pago:

  • Documéntelo todo. Lleve un registro detallado de sus ventas, la estructura de comisiones, las comunicaciones con su empresa en relación con las comisiones y los pagos recibidos.
  • Póngase en contacto con su empleador. Solicita formalmente las comisiones impagadas a tu antiguo empleador, mediante una petición por escrito, e incluye documentación que respalde tu reclamación. A veces, una solicitud directa puede resolver el problema sin necesidad de emprender acciones legales.
  • Presente una reclamación salarial. Si tu empleador no responde o se niega a pagarte las comisiones que te debe, puedes presentar una reclamación salarial ante la División de Cumplimiento de Normas Laborales de California (DLSE).
  • Considere la posibilidad de emprender acciones legales. También puede iniciar un caso de comisiones no pagadas y presentar una demanda contra su empleador. Durante una consulta, un abogado experto en derecho laboral puede revisar su reclamación y ayudarle a determinar las posibles acciones y resultados en función de sus hechos y situación específicos.

Understanding and asserting your rights is crucial in ensuring you receive the commission you rightfully earned. A skilled employment lawyer at Lawyers for Justice, PC can walk you through California’s complex labor laws and help you establish a game plan to collect what your employer owes you.

¿Qué ocurrirá si presento una reclamación salarial ante el Comisionado Laboral de California?

Presentar una reclamación salarial ante la DSLE de California suele ser una forma sencilla y rentable de recuperar las comisiones impagadas. En primer lugar, rellene y envíe el formulario de reclamación salarial disponible en el sitio web de la DSLE. Proporcione tantos detalles y justificantes como sea posible. Después de presentarla, la DSLE investigará su reclamación. Esta investigación puede incluir la programación de una conferencia entre usted y su empleador para resolver el problema.

Si la DSLE no puede resolver el problema en la reunión, programará una audiencia formal en la que usted y su empresa presentarán pruebas y testimonios. A continuación, el consejero auditor emitirá una resolución. Si la decisión es a su favor y su empresa sigue sin pagarle, el DSLE o un abogado experto en Derecho laboral pueden ayudarle a cobrar la sentencia.

¿Tengo algún recurso legal si mi empresa se niega a pagarme las comisiones?

Si su empleador se niega a pagarle las comisiones ganadas, sus vías legales incluyen:

  • Intereses y sanciones. En virtud del artículo 203 del Código Laboral de California, si un empresario deja de pagar intencionadamente los salarios adeudados a un empleado despedido o que renuncia, el salario del empleado continúa como sanción desde la fecha de vencimiento al mismo tipo hasta que se pague, hasta un máximo de 30 días. Esto incluye las comisiones impagadas.
  • Honorarios del abogado. Si presenta una demanda y gana, el tribunal puede ordenar a su empresa que pague los honorarios y las costas de su abogado. Esto puede reducir significativamente la carga financiera de emprender acciones legales.
  • Ley del Abogado General Privado (PAGA). La PAGA permite a los empleados demandar a sus empresas en su nombre y en el de otros empleados por infracciones del Código Laboral, incluidas las reclamaciones por comisiones no pagadas. PAGA permite a los empleados recuperar las sanciones civiles que el Estado cobraría de otro modo.

Un abogado experimentado de Lawyers For Justice, PC, durante una consulta, puede explicarle estas vías y otras opciones. Póngase en contacto con nosotros hoy, y permítanos ayudarle a cobrar la comisión que le corresponde.

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